Fuente: El Mundo.es
La Fiscalía de la Audiencia Nacional defendió ayer que no es aplicable la nueva ley que recorta el principio de justicia universal a las dos causas en las que se investigan posibles crímenes de genocidio y lesa humanidad que habrían cometido altas autoridades marroquíes contra la población del Sáhara. El criterio fiscal es que deben seguir abiertas porque, «por la legalidad internacional, ese territorio no puede ser considerado marroquí» y, en consecuencia, «España de iure, aunque no de facto, sigue siendo la potencia administradora».
La reciente reforma de la justicia universal, que ha provocado un intenso debate público, impide que los tribunales españoles se atribuyan jurisdicción sobre delitos de lesa humanidad que hayan sido cometidos fuera del territorio nacional, excepto cuando el procedimiento «se dirija contra un español o contra un ciudadano extranjero que resida habitualmente en España, o contra un extranjero que se encontrara en España y cuya extradición hubiera sido denegada por las autoridades españolas». No es el caso de ninguna de las causas referidas al Sáhara, en el que todos los imputados son marroquíes residentes en su país.
Los fiscales sostienen, sin embargo, que debe tratarse el caso como si los delitos denunciados se hubieran cometido en España, lo que evitaría el sobreseimiento.
La querella más antigua, admitida en 2007 por el entonces juez Baltasar Garzón, describe «el plan sistemático de eliminación del pueblo saharaui, que se realiza de forma organizada y jerarquizada» por el Ejército de Marruecos desde la ocupación del Sáhara, precisándose casos concretos entre 1975 y 1980. Trece altos cargos están imputados.
Antigua provincia española
El fiscal José Perals ha presentado un escrito ante el actual instructor, Pablo Ruz, en el que argumenta que el Sáhara Occidental «era territorio español cuando comenzaron a cometerse los delitos objeto del presente procedimiento y además se cometieron contra españoles o personas con derecho a la nacionalidad española». La competencia «se extiende a los hechos posteriores» al abandono de la antigua provincia por España y la consiguiente ocupación por Marruecos porque «son plenamente conexos con los iniciales».
Más llamativa es la posición del fiscal respecto del segundo de los procedimientos, que se dirige contra los ministros marroquíes de Defensa, Interior y Asuntos Exteriores y contra el gobernador de la ciudad de El Aaiún. La querella se refiere al desalojo violento entre octubre y noviembre de 2010 del Campamento de la Dignidad, en el que fue asesinado el ciudadano saharaui con nacionalidad española Baby Handay Buyema, además de otras 18 personas. Hubo centenares de heridos.
Marcha Verde
Aunque en 2010 habían pasado 35 años desde que España había abandonado el Sáhara, el fiscal Pedro Rubira recuerda al juez Ismael Moreno que los Acuerdos de Madrid, por los que nuestro país cedió en 1975 a la presión de la Marcha Verde y aceptó traspasar la gestión de ese territorio a Marruecos y Mauritania, han sido declarados nulos por la ONU.
Por ello, «España de iure, aunque no de facto, sigue siendo la potencia administradora» del Sáhara, condición que adquirió con su ingreso en la ONU, y continúa por tanto obligada a procurar «el bienestar de los habitantes de ese territorio» y «su protección contra todo abuso» hasta que finalice la descolonización, lo que sólo sucederá legalmente a través de un referéndum.